lunes, 5 de marzo de 2012

Cómo denunciar a Google usando la Ley Sinde

En anteriores entradas explicamos que todo el mundo puede ser autor de acuerdo con la Ley de Propiedad Intelectual.

Ahora explicaremos cómo denunciar a Google por vulnerar nuestros derechos como artistas.

Recordad que se trata de un procedimiento ***sin riesgo alguno de condena en costas***. Estamos en un procedimiento administrativo, no judicial.

De hecho, la ironía es que si el Enemigo hubiera dado las garantías judiciales que los internautas pedíamos para este procedimiento, nosotros ahora no podríamos llevar a cabo la Operación Colapso; porque en ese caso sí que habría riesgo de condena en costas.

Veamos cómo llevar a cabo el ataque. Tenéis varias maneras de hacerlo. En cualquier caso, tened en cuenta estas…

REGLAS GENERALES

- No pongáis vuestro correo electrónico, que así tendrán que hacer las notificaciones por vía lenta. La Ley os permite usar este sistema, ya que sois denunciantes y personas físicas (OJO: esto no es aplicable si optáis por hacer la denuncia por vía telemática como explicamos más abajo; en ese caso, tenéis que especificar que no deseáis recibir notificaciones por vía electrónica, sino postal).

- "Olvidad" firmar el escrito. Sí, la firma es un requisito esencial para presentar una solicitud, pero esto nos ayudará con las tácticas dilatorias que explicaremos en próximas entregas.

- Poned el título que más os guste para vuestra obra, pero el Almirantazgo os recomienda buscar algo exageradamente largo. Pensad que cuando registren vuestra petición, deberán hacer constar el título. Al funcionario de turno no le llevará mucho tiempo escribir “Boceto 1”. Pero si vuestra obra se llama “Exégesis cromatográfica estereofónica del solipsismo metafísico circundante en los aledaños de las parihuelas estocásticas”, alguien va a perder mucho tiempo tecleando.

- En el apartado 2 os pregunta la “URL en la que se produce la vulneración”. El Almirantazgo ha optado por poner aquí toda la URL que sale en Google cuando ponéis el nombre de vuestra “obra”, pero para nuestras intenciones basta con que pongáis “www.google.com” (o el buscador que queráis).

- En el apartado 3, solo tenéis que rellenar el “Nombre del dominio utilizado”. En este caso, www.google.com. Las demás casillas de este apartado las podéis dejar en blanco o poner “desconocido”. Si preferís ser puntillosos, Google Madrid está en la Torre Picaso, Plaza Pablo Ruiz Picasso 1, de Madrid (28020).


Vamos ahora con las distintas opciones para denunciar:

1.- Denuncia por vía presencial ante el Ministerio de Cultura (si vivís en Madrid).

Descargad este formulario que nos ofrece amablemente el Enemigo. Rellenadlo como os hemos indicado. Si este enlace no os funciona, acudid a la fuente: el BOE. En este enlace tenéis el formulario (llamado “Anexo IV”). Está en la página 22 del PDF (que es la única que debéis imprimir).

Completad la solicitud con este modelo en el que se detalla las cosas que nos pide el Ministerio en la letra pequeña (rellenad las casillas marcadas en fosforito). Además, nos hemos permitido incorporar unos cuantos “sustos jurídicos” para que el funcionario de turno se tome en serio nuestra petición.

Haced dos copias de cada impreso y llevadlas al Ministerio de Cultura: Plaza del Rey, 1 (28004 Madrid).

Allí os lo sellarán con cortesía y sin costes.


2.- Denuncia por vía telemática.

Si no os apetece moveros, podéis usar este mecanismo para denunciar sin salir de casa. Necesitaréis cumplir con los requisitos técnicos, pero es más cómodo.

Eso sí, aseguraos de decir en vuestra solicitud que queréis recibir notificaciones por vía postal y no por vía electrónica. Así el Enemigo no podrá automatizar las respuestas y tardará más en cursar vuestro expediente.

Recordad que debéis adjuntar también este modelo en el que habremos rellenado las casillas marcadas en fosforito.

Si tenéis algún problema, podéis consultar esta guía técnica que nos proporciona el Enemigo.


3.- Denuncia por correo administrativo.

Esta es menos cómoda y tiene un coste (2,62 euros a día de hoy), pero es la más accesible para la mayoría de habitantes de este país. También es la vía por la que ha optado el Almirantazgo (al ser la más lenta de todas).

Solo tenéis que acudir a Correos con vuestra solicitud metida en un sobre abierto (la misma solicitud que si fuérais en persona al Ministerio) y una copia para que os la sellen. La solicitud tenéis que mandarla como “correo administrativo” (es un tipo de carta certificada). Ellos os sellarán vuestra copia para que quede constancia de la fecha y hora de entrada.

Como siempre, recordad que debéis adjuntar también este modelo en el que habremos rellenado las casillas marcadas en fosforito.


Y ahora… a esperar.

Solo con estos sencillos pasos, habéis contribuido a llenar de trabajo a la S.S. Felicidades.

Con un pequeño escrito, habéis dinamitado el funcionamiento de un órgano de censura. Es para estar orgullosos, ¿no?

Aunque lo mejor todavía está por llegar.

En la p
róxima entrada, ¡Google denunciado por la Ley Sinde!

Y después… Tácticas dilatorias.

15 comentarios:

  1. Supongo que la obra no podrá haber sido publicada bajo ninguna licencia libre porque eso autorizaria la copia y el enlace.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Da igual. No se trata de que nos den la razón, sino de darles trabajo con papeleo. ;)

      Eliminar
  2. Tengo una duda: si cada obra que nosotros tengamos publicada en internet es susceptible de generar una denuncia, si tengo un blog con 50 entradas, un centenar de imágenes en Tumblr y otras cosas, tengo la opción de generar un mínimo de 150 denuncias, una por cada elemento publicado?
    Si es así... great!

    Saludos y buen trabajo!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Sí, se puede hacer una denuncia por cada entrada e imagen. Como digo, la idea es inundar de papeleo la Sección Segunda.

      Eliminar
    2. Aunque tengo otra duda al respecto: si aceptamos como publicaciones originales los tweets (al ser este un servicio de microblogging), tenemos una fuente casi inagotable de demandas, sobretodo los incontinentes verbales como un servidor?

      Eliminar
    3. El único problema es encontrar un enlace de Google a tu tweet.

      Eso, y el fastidio de imprimir una denuncia para cada tweet. :D

      Aparte de eso, es perfectamente posible.

      Eliminar
  3. ¿Se puede denunciar desde Argentina?, y si es así ¿como puedo hacerlo?. Gracias!!

    Laura

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Si tienes algún vínculo jurídico con España (nacionalidad, por ejemplo), sí puedes. Para ello deberás presentar la denuncia en la Embajada o Consulado de España más cercana a donde vivas. También podrás usar la denuncia telemática que explico en el artículo.

      En caso de duda, presenta la denuncia. Si no tienes "legitimación activa" (palabro que significa que no puedes ser parte denunciante) ya te lo dirán... y habrán perdido el tiempo haciéndolo, que es de lo que se trata. ;)

      Eliminar
  4. No tengo nacionalidad española... es decir, que para entorpecer la burocracia mande igual asi pierden tiempo en contestarme que mi denuncia nos es validad ^^ :D Creo que entendí.

    Laura

    ResponderEliminar
  5. voy a poner el enlace de este blog en mi facebook, no me denuncies!

    ResponderEliminar
  6. Estimado señor, vivo en Venezuela. Ya que en la planilla "Denuncia inicial" se debe colocar un número telefónico, asé que tal vez algún funcionario querrá comunicarse con el denunciante, propongo colocar el número de un amigo que viva en mi mismo país, este amigo tenga instrucciones que para localizar al denunciante de un número de otro amigo y este otro amigo de el de otro, esto unas 5 ó 6 veces, hasta que alguno de la cadena de el número correcto; de esta forma no solo las autoridades no pierden tiempo, sino también dinero en llamadas internacionales

    ResponderEliminar